Contestación a requerimientos de COFEPRIS

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Es la respuesta técnica y legal que se presenta ante COFEPRIS o Secretaría de Salud, derivada de notificaciones o visitas de COFEPRIS en tu establecimiento o publicidad. Es fundamental responder de acuerdo con los plazos establecidos en el requerimiento de COFEPRIS.

Beneficios

Tener una comunicación directa con COFEPRIS.
Informar sobre la corrección de irregularidades en el establecimiento.
Evitar la suspensión de operaciones en el establecimiento.
{01}

Consentimiento informado

Elaboración y auditoría de documentos de Consentimiento Informado bajo la normativa vigente. Brindamos blindaje legal a profesionales y empresas de…
{02}

Aviso de publicidad digital

El Aviso de Publicidad Digital es un requisito obligatorio para profesionales de la salud que promocionan sus servicios en internet.

Preguntas frecuentes

(01) ¿Cuándo debo presentar contestaciones a COFEPRIS o Secretaría de Salud?

1. Si recibes un oficio por parte de COFEPRIS, derivada de una verificación a tu establecimiento.
2. Si recibes un oficio por parte de COFEPRIS, derivada de una verificación a tu publicidad.

(02) ¿Cómo se presenta la contestación?

1. Directamente en las oficinas de Secretaría de Salud en cada uno de los estados.
2. En las oficinas de COFEPRIS en CDMX, mediante mensajería privada.

(03) ¿Cuánto tiempo tarda COFEPRIS o Secretaría de salud en responder?

El tiempo es variable, puede ser aproximadamente de 30 días hábiles, siguientes al envío de la contestación.